VISTO: La Ley orgánica de este Consejo y normas relacionadas; y CONSIDERANDO: Que la normativa de esta entidad no contempla la situación de los médicos jubilados en forma ordinaria que hayan realizado su carrera profesional en ésta jurisdicción y que requieren continuar desempeñando su profesión ad-honoren por motivos humanitarios; o realicen prescripción médica …