Visto la necesidad de establecer aranceles mínimos, de caracter éticos, para la practica privada de la medicina, también asi las remuneraciones para el ejercicio profesional en auditorias médicas, en obras sociales y relación de dependencia privada; y

Considerando que es función específica de éste Consejo Superior Médico, procurar la defensa y protección del trabajo médico y de sus remuneraciones; y que es función del Directorio del Consejo Superior Médico establecer los aranceles profesionales; se fijan los siguientes aranceles mínimos:

  • HORA MÉDICA: $ 48.300,00 (PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS)
  • MÉDICOS DE RECONOCIMIENTO: $ 48.300,00 (PESOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS)
  • CONSULTA MÉDICA: $ 16.100,00 (PESOS DIECISEIS MIL CIEN)
  • CONSULTA ESPECIALISTA:$ 20.000,00 (PESOS VEINTE MIL)
  • CONSULTA ESPECIALISTA RECERTIFICADO: $ 23.500,00 (PESOS VEINTITRES MIL QUINIENTOS)
  • GUARDIA MÉDICA 24 HS (Días Hábiles): $ 165.600,00 (PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS)
  • GUARDIA MÉDICA 24 HS (sábados, domingos y feriados): $ 195.500,00 (PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS)
     

Última Actualización:  Resolución 231/24 de fecha 14 de Junio de 2024.-