Visto la necesidad de establecer aranceles mínimos, de caracter éticos, para la práctica privada de la medicina, también asi las remuneraciones para el ejercicio profesional en auditorias médicas, en obras sociales y relación de dependencia privada; y
Considerando que es función específica de éste Consejo Superior Médico, procurar la defensa y protección del trabajo médico y de sus remuneraciones; y que es función del Directorio del Consejo Superior Médico establecer los aranceles profesionales; se fijan los siguientes aranceles mínimos:
- HORA MÉDICA: $ 55.500,00 (PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS)
- MÉDICOS DE RECONOCIMIENTO: $ 55.500,00 (PESOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS)
- CONSULTA MÉDICA: $ 18.500,00 (PESOS DIECIOCHO MIL QUINIENTOS)
- CONSULTA ESPECIALISTA:$ 23.000,00 (PESOS VEINTITRES MIL)
- CONSULTA ESPECIALISTA RECERTIFICADO: $ 27.000,00 (PESOS VEINTISIETE MIL)
- GUARDIA MÉDICA 24 HS (Días Hábiles): $ 190.500,00 (PESOS CIENTO NOVENTA MIL QUINIENTOS)
- GUARDIA MÉDICA 24 HS (sábados, domingos y feriados): $ 225.000,00 (PESOS CIENTO DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL)
Última Actualización: Resolución 236/24 de fecha 20 de Septiembre de 2024.-